Servicios
Solicitud de Reajuste de Pensión
Horario de Prestación
Presencial: de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Tiempo de Realización
Presencial: 30 días laborables (hasta remisión solicitud decreto por Poder Ejecutivo)
Costo
Gratuito.
Descripción del Servicio
Todo jubilado o pensionado bajo la Ley 379-81 que haya suspendido su pensión para laborar nuevamente en el Estado, al cesar en el servicio puede solicitar una reevaluación y/o reajuste del monto de su pensión, en base al nuevo periodo laborado y los salarios percibidos.
¿A quién va dirigido este servicio?
A jubilados y pensionados gestionados por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP).
¿Quién ofrece el servicio?
Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, División de Atención al Público.
Tel.: 809-687-2222 ext. 5536. | Correo: Info@dgjp.gob.do
Requerimientos o Requisitos
- Comparecencia personal o poder consular legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, si está fuera del país;
- Presentar cédula de identidad y electoral vigente;
- Si es extranjero: pasaporte o cédula de identidad dominicana de extranjeros.
- Certificación de Cargos de la Contraloría General de la República y/o de la institución donde labora que comprueben los nuevos años de servicios.