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Solicitud de Reajuste de Pensión

Horario de Prestación

Presencial: de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Tiempo de Realización

Presencial: 30 días laborables (hasta remisión solicitud decreto por Poder Ejecutivo)

Costo

Gratuito.


Descripción del Servicio

Todo jubilado o pensionado bajo la Ley 379-81 que haya suspendido su pensión para laborar nuevamente en el Estado, al cesar en el servicio puede solicitar una reevaluación y/o reajuste del monto de su pensión, en base al nuevo periodo laborado y los salarios percibidos.


¿A quién va dirigido este servicio?

A jubilados y pensionados gestionados por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP).


¿Quién ofrece el servicio?

Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, División de Atención al Público.


Tel.: 809-687-2222 ext. 5536. | Correo: Info@dgjp.gob.do


Requerimientos o Requisitos

  1. Comparecencia personal o poder consular legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, si está fuera del país;
  2. Presentar cédula de identidad y electoral vigente;
    • Si es extranjero: pasaporte o cédula de identidad dominicana de extranjeros.
  3. Certificación de Cargos de la Contraloría General de la República y/o de la institución donde labora que comprueben los nuevos años de servicios.

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