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Consulta tu Pensión

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Horario de Prestación

Vía WEB: 24 horas, 7 días a la semana.
Presencial: de lunes a viernes, de 8:00 A.M a 4:00 P.M.
Telefónico: de lunes a viernes, de 8:00 A.M a 4:00 P.M.

Tiempo de Realización

Vía WEB: De 1 a 5 minutos.
Presencial: Entre 5 y 15 minutos, de acuerdo al orden de llegada.
Telefónico: De 1 a 5 minutos.

Costo

Gratuito


Descripción del Servicio

Este servicio permite al público en general consultar si ha sido beneficiado con una pensión mediante decreto emitido por el Poder Ejecutivo, una Ley del Congreso Nacional o una Resolución emitida por las autoridades de la DGJP, cotizantes a la Ley 1896, antiguo IDSS.


¿A quién va dirigido este servicio?

Ciudadanía en General.


Base Legal del Servicio 

  • Ley No. 1896-48 (derogada), que establece el Seguro Social, cubierto por el Estado como beneficio al ciudadano, de fecha 30 de agosto de 1948.
  • Ley No. 659, sobre Actas del Estado Civil, del 17 de julio de 1944.
  • Ley No. 275-81, que autoriza al Poder Ejecutivo a conceder pensiones del Estado a todo el que haya sido exaltado al Salón de la Fama del Deporte Nacional, de fecha 8 de mayo de 1981.
  • Ley No. 379-81, que establece un nuevo régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981.
  • Ley No. 85-99, que otorga pensiones del Estado a todo aquel que haya sido exaltado al Salón de la Fama del Deporte Nacional, y los atletas que hayan logrado poner en alto el nombre de la República, tanto en el país como en el extranjero, de fecha 6 de agosto del 1999.
  • Ley No. 87-01 y sus Modificaciones, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, de fecha 9 de mayo de 2001.
  • Resolución No. 289-03, emitida por el Consejo Nacional de Seguridad Social, en fecha 15 de marzo de 2003.
  • Ley Núm. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional, dada el 15 de julio de 2016.
  • Ley No. 414-98, que modifica el artículo 7 de la Ley No.6097 del 1962, sobre Organización del cuerpo médico de los hospitales.


¿Quién ofrece el servicio?

Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, División de Atención al Público.


Tel.: 809-687-2222 ext. 0 | Correo: Info@dgjp.gob.do


Requerimientos o Requisitos

  1. Poseer documento de identidad vigente.

Procedimiento para obtener el servicio

  1. Ingresar al servicio WEB
  2. Seleccionar modulo Todos los Servicios
  3. Seleccionar Solicitar Servicio
  4. Digitar la cédula que desea consultar
  5. Pulsar el botón Consultar
  6. Fin

Instructivos

CONSULTA TU PENSIÓN_INSTRUCTIVO


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