Servicios
Solicitud de Pensión Otorgada por las Leyes Nos. 1896, 275-81 y 85-99
Horario de Prestación
Presencial: de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Tiempo de Realización
Presencial: 30 días laborables.
Costo
Gratuito.
Descripción del Servicio
Evaluación y validación del cumplimiento de los requisitos de solicitudes de pensión sometidas bajo el amparo de las Leyes No. 1896, 85-99 y 275-81.
¿A quién va dirigido este servicio?
A todos los beneficiarios de otorgamiento de pensiones por las Leyes Nos. 1896, 275-81 y 85-99.
¿Quién ofrece el servicio?
Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, División de Atención al Público.
Tel.: 809-687-2222 ext. 5536. | Correo: Info@dgjp.gob.do
Requerimientos o Requisitos
Ley 1896
- Tener sesenta (60) años de edad
- Cuatrocientas (400) o más cotizaciones certificadas (cotizadas a junio 2003).
- Oficio de remisión del IDSS a la DGJP.
- Resolución recomendando la pensión firmada por el Director del IDSS.
- Análisis de la Dirección de Pensiones del IDSS.
- Análisis de la Consultoría Jurídica del IDSS.
- Formulario Solicitud de Pensión firmado por el solicitante.
- Constancia de cotizaciones (IDSS y/o TSS).
- cta de nacimiento original o declaración tardía.
- Copia de cedula de identidad y electoral vigente.
- Si es extranjero: pasaporte o cédula de identidad dominicana de extranjeros.